Consulta todas las ayudas económicas para PYMES y autónomos (COVID-19)
A continuación encontrarás toda la información acerca de las ayudas a las cuales puedes accedir, ordenadas por temática y según si son solo para autónomos, solo para PYMES o para ambos.
Pymes y autónomos (juntos)
Créditos avalados per el ICO
El Estado avalará, a través del Instituto de Crédito Oficial, los créditos que pidan las empresas y autónomos. En el caso de empresas que los soliciten por primera vez se cubre el 70%, y las que ya tienen uno, un 60%. Toda la información sobre cómo solicitarlos, aquí.
Préstamos del Institut Català de Finances
La Generalitat facilita el acceso a préstamos para autónomos y PYMES, que a partir de ahora se pueden pedir directamente al Institut Català de Finances. Los préstamos podrán ser de hasta 2,5 millones de euros. Los autónomos podrán devolver el crédito en un máximo de 5 años, con la posibilidad de carencia de hasta 1 año. Para el resto de empresas, el término máximo será de 4 años, incluyendo un año de carencia. Puedes solicitar el préstamo aquí.
Impuestos
El gobierno español ha prorrogado un mes el plazo de presentación de las declaraciones del IVA y el IRPF. El nuevo plazo acaba el 20 de mayo, pero para las emrpesas que los tienen domiciliados finaliza el 15 de mayo. Por otro lado, también pueden posponer el pago de impuestos de hasta 150.000 euros durante seis meses, pero solo los tres primeros meses están exentos de intereses.
La Generalitat también ha aprobado un decreto-ley que, entre otras medidas, prevé una moratoria de los plazos de autoliquidación y pago de todos los tributos propios y cedidos a la Generalitat.
A nivel local, el Ayuntamiento de Barcelona también ha aplazado tributos y ha decretado ayudas fiscales para empresas y autónomos.
Moratoria de alquileres
Se ha aprobado la moratoria del pago de alquileres, de una durada máxima de 4 meses, si el propietari del inmueble es una empresa, entidad pública de vivienda o un gran tenedor. En caso que el propietario del local sea un particular o un pequeño tenedor, el inquilino podrá solicitar un aplazamiento "temporal y extraordinario" del pago o utilizar el dinero de la fianza para hacer frente a la cuota, pero tendrá que devolverlos en el plazo de un año.
Cuotas
Se ha aplazado durante seis meses el pago de las cuotas a la Seguridad Social de mayo, junio y julio sin recargos ni intereses.
Planes de pensiones
Tanto los trabajadores por cuenta propia como los ajenos que tengan planes de pensiones podrán recorrer a estos ahorros para hacer frente a sus gastos.
Ayudas a la investigación de la COVID-19
La Unión Europea abre periodo per pedir ayudas para las empresas que investiguen sobre algún aspecto del coronavirus.
Empresas nada más
ERTE
Se establecen exoneraciones a la hora de pagar cuotas: las empreseas de menos de 50 trabajadores no tienen que pagar las cuotas a la Seguridad Social de sus empleados, mientras que las que superen esta cifra tendrán que hacer frente al 25% de estas cuotas. A cambio, las empresas tendrán que mantener a los trabajadores por ERTO durante un plazo de seis meses una vez retomen su actividad.
Autónomos nada más
Prestación extraordinaria del Gobierno de España
Los autónomos también tienen derecho a cobrar una prestación extraordinaria de paro si han cesado su actividad a causa de la crisis de la COVID-19 o han visto reducida su facturación como mínimo un 75% respecto la media del semestre anterior. La prestación que cobrarán será del 70% de la base reguladora. Los autónomos que la perciban estarán exentos de pagar la cuota.
Ayuda de hasta 2.000 euros de la Generalitat
Los trabajadores por cuenta propia pueden pedir una ayuda puntual de hasta 2.000 euros a la Generalitat. Quedan excluídos los autónoms societarios y cooperativos; es incompatible con cualquier otra ayuda, como la del Estado, su renta del 2018 no puede superar los 25.000€ y tan solo tienen derecho las personas que hayan visto suspendida su actividad por el estado de alarma.
Ayuda de 300€ del Ayuntamiento de Barcelona
Barcelona dará 300 euros a cada autónomo que haya visto caer en más de un 75% sus ventas o se haya visto forzado a cerrar su establecimiento o negocio a raíz de la crisis de la COVID-19. La ayuda pretende cubrir el 100% de la base de cotización mínima. Es compatible con la prestación del Gobierno español.